V-0017-2016
 
Piedras Negras, Coahuila, a
30 de Junio de 2016.
Asunto: Información de Valor y Comercialización (COVE) y CFDI.  
     
 

A Todos los Usuarios:

 

Se da a conocer la Hoja Informativa No. 17:

Por medio del presente y de conformidad con la publicación del pasado 22 de junio de 2016, en la página www.sat.gob.mx de la modificación a las reglas 3.1.35 y 3.1.36 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016, cuya aplicación (excepto el segundo párrafo de la regla 3.1.35) entrará en vigor el 1 de julio de 2016.

Hacemos de su conocimiento que en el caso de exportaciones definitivas de acuerdo al artículo 59-A de la Ley Aduanera y las reglas 1.9.18 y 3.1.35 se deberá transmitir simultáneamente la información del valor y comercialización, así como el CFDI en el campo correspondiente.

Cuando se transmita un CFDI con complemento a que refiere la regla 2.7.1.22, de la Resolución Miscelánea Fiscal, no será necesaria la transmisión de la información del valor y comercialización.

Para ambos casos y en toda ocasión se deberá transmitir el CFDI y XML (tenga complemento o no) como documento digital en Ventanilla Única, en la etiqueta 170 (Factura o CFDI).

Cualquier duda o comentario al correo de ventanillaunica@sat.gob.mx o contactovucem@sat.gob.mx

Sin más por el momento, se adjunta archivo para mayor referencia.

Saludos cordiales.

 
.: Archivos Adjuntos :.
 

Atentamente.

Lic. Laura Lorena Jimenez Riojas.
Jefe de Operación Aduanera.

Elaboro : LLJR  
ccp: Archivo AAAPN 2016  
     
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