V-0010-2016
 
Piedras Negras, Coahuila, a
09 de Marzo de 2016.
Asunto: Vigencia del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista.  
     
 

A Todos los Usuarios:

 

Se da a conocer la Hoja Informativa No. 10:

"En relación a la vigencia del CAAT a que hace referencia la Regla 2.4.6 General de Comercio Exterior para 2016, se hace de su conocimiento lo siguiente: 
 
1) Cuando el usuario realice el registro en el CAAT como agente internacional de carga en términos de las fracciones I y II  de la citada Regla y posteriormente realice el registro como empresa que proporciona el servicio de transportación aérea de carga conforme a las fracciones VI y VII, la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior considerará como fecha de vigencia del CAAT la fecha del último registro. 

 
2) En caso de que se realice el registro en el CAAT como empresa que proporciona el servicio de transportación aérea de carga y posteriormente se realice el registro como agente internacional de carga, la Ventanilla Digital Mexicana proporcionará 2 números de registro de CAAT, los cuales tendrán su vigencia de manera independiente de acuerdo al registro de cada uno. 

 Agradecemos sus comentarios y sugerencias a los correos ventanillaunica@sat.gob.mx y contactovucem@sat.gob.mx".

Se adjunta Hoja Informativa para mayor referencia.
 
Sin más por el momento reciban un cordial saludo.
 

 
.: Archivos Adjuntos :.
 

Atentamente.

Lic. Laura Lorena Jimenez Riojas.
Jefe de Operación Aduanera.

Elaboro : MMHR/LLJR  
ccp: Archivo AAAPN 2016  
     
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