B-0036-2018
 
Piedras Negras, Coahuila, a
10 de Abril de 2018.
 
Asunto: Gafete Único de Identificación a que se refiere el Apartado A de los Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación y de Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados..
 

A Todos los Usuarios:

Se da a conocer Boletín P015,

 

En referencia a lo señalado en el Apartado A de los Lineamientos para el trámite de los Gafetes Únicos de Identificación y de Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados, específicamente para las siguientes figuras:

  • Apoderado Aduanal (común)
  • Dependiente de Apoderado Aduanal (común)
  • Apoyo y Servicio en Almacenes y Carga
  • Apoyo y Servicio
  • Visitante
  • Representante de la Industria


Se informa que la solicitud de expedición de gafetes de identificación para las citadas figuras, se deberá realizar de conformidad con el procedimiento establecido en el citado Apartado A de los Lineamientos mencionados, se deberá realizar el trámite tradicional ante las aduanas.


Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

Ver archivo adjunto para mayor referencia.

.: Archivos Adjuntos :.
 

Atentamente.

Lic. Laura Lorena Jimenez Riojas
Jefe de Operación Aduanera

Elaboro : LLJR/JCGO  
ccp: Archivo AAAPN 2018  
 
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